Modalidades de Beca:
Modalidad A (concurrencia competitiva):
Podrán solicitar estas becas las familias de los alumnos que no se hallen incluidos entre los destinatarios de las restantes modalidades.Será requisito indispensable para poder recibir beca de comedor que la renta per cápita anual de la unidad familiar del año 2007 no haya superado los 5.000 euros.
Modalidad B (concesión directa):
Podrán solicitar estas becas las familias de los alumnos que hacen uso del transporte escolar y se encuentran escolarizados de oficio en centros concertados por la Administración educativa.
Podrán solicitar estas becas las familias de los alumnos que hacen uso del transporte escolar y se encuentran escolarizados de oficio en centros concertados por la Administración educativa.
Modalidad C (concesión directa):
Podrán solicitar estas becas las familias que sean perceptoras de la Renta Mínima de Inserción.
Podrán solicitar estas becas las familias que sean perceptoras de la Renta Mínima de Inserción.
Acogimiento Familiar (concesión directa):
Podrán solicitar estas becas las familias que tengan menores en situación de medida legal de tutela o guarda en acogimiento familiar en cualquiera de las medidas que contempla la legislación vigente (acogimiento familiar simple, permanente o preadoptivo).
Podrán solicitar estas becas las familias que tengan menores en situación de medida legal de tutela o guarda en acogimiento familiar en cualquiera de las medidas que contempla la legislación vigente (acogimiento familiar simple, permanente o preadoptivo).
Víctimas del terrorismo (concesión directa):
Podrán solicitar estas becas los alumnos que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven, bien para el propio alumno, sus padres, tutores o guardadores legales, daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten para el trabajo habitual.
Más información aquí.
Podrán solicitar estas becas los alumnos que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven, bien para el propio alumno, sus padres, tutores o guardadores legales, daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten para el trabajo habitual.
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